Laboral

Los miembros de una asociación de funcionarios de la administración del Estado que haya…

Resumen del criterio jurisprudencial

Los miembros de una asociación de funcionarios de la administración del Estado que hayan tenido tal calidad respecto de otra diversa, de la misma repartición o servicio, no pueden votar ni ser elegidos en la primera elección de directorio que se produzca dentro de un año, contado desde su nueva afiliación.

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Resumen referencial elaborado a partir de jurisprudencia pública chilena. Tiene carácter informativo, puede contener imprecisiones y no constituye asesoría legal.