Resumen del criterio jurisprudencial
Llamado a concurso interno establecido en el artículo único de la ley N° 21.308 es obligatorio para los municipios cuando se verifican las condiciones que en él se indican.
Llamado a concurso interno establecido en el artículo único de la ley N° 21.308 es obligatorio para los municipios cuando se verifican las condiciones que en él se indican.
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Resumen referencial elaborado a partir de jurisprudencia pública chilena. Tiene carácter informativo, puede contener imprecisiones y no constituye asesoría legal.