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La Contraloría General de la República se abstuvo de pronunciarse sobre la solicitud de…

Dictamen · Contraloría General de la República · 2014

Resumen

La Contraloría General de la República se abstuvo de pronunciarse sobre la solicitud de dos exfuncionarios municipales que pretendían acogerse a los beneficios de la ley N° 20.649, que otorga una bonificación por retiro voluntario a funcionarios municipales. Los recurrentes argumentaron que no pudieron postular oportunamente porque sus contratas fueron terminadas por un acto de autoridad que, según una sentencia de la Corte de Apelaciones de Santiago, no se ajustó a derecho. El órgano contralor señaló que, conforme al artículo 6°, inciso tercero, de la ley N° 10.336, le está prohibido intervenir en asuntos de carácter litigioso o radicados en tribunales, por lo que el alcance o cumplimiento de la sentencia judicial debe ser determinado por los propios órganos jurisdiccionales. Sin perjuicio de ello, remitió copia del informe de la Subsecretaría de Desarrollo Regional y Administrativo.

Normas citadas

  • ley 10336 art/6 inc/3
ContraloríaCGRdictamen

Preguntas frecuentes

¿La Contraloría puede pronunciarse sobre un asunto que ya está siendo conocido por los tribunales?

No. En este caso, la Contraloría General de la República se abstuvo de pronunciarse porque el artículo 6°, inciso tercero, de la ley N° 10.336 le prohíbe intervenir en asuntos de carácter litigioso o radicados en tribunales. Por eso, el alcance o cumplimiento de la sentencia judicial debe ser determinado por los propios tribunales.

¿Qué pasa si una sentencia judicial anula el término de una contrata municipal y el funcionario pide beneficios que dependen de esa situación?

En este caso, los recurrentes sostuvieron que no pudieron postular a la bonificación por retiro de la ley N° 20.649 porque sus contratas terminaron por un acto que una sentencia de la Corte de Apelaciones de Santiago consideró no ajustado a derecho. La Contraloría no resolvió ese punto y lo dejó a los órganos jurisdiccionales.

¿Qué hace la Contraloría cuando no puede resolver una solicitud por tratarse de un asunto judicial?

En este caso, sin perjuicio de abstenerse de pronunciarse, la Contraloría remitió copia del informe de la Subsecretaría de Desarrollo Regional y Administrativo a los solicitantes. Así, la respuesta administrativa quedó limitada a esa remisión.

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