1) Dará derecho a percibir la asignación de perfeccionamiento que contempla el inciso f…
Dictamen · Dirección del Trabajo · 2002
Resumen
1) Dará derecho a percibir la asignación de perfeccionamiento que contempla el inciso final del artículo 42 de la ley 18.378, el título o diploma que tenga la relevancia, nivel y grado académico otorgado por el organismo o servicio que dictó el curso. 2) El pago de la asignación de perfeccionamiento de postgrado, es sin perjuicio del derecho del funcionario para solicitar el reconocimiento del curso respectivo de postgrado, como actividad de capacitación para los efectos de la carrera funcionaria.
Normas citadas
Ley 19.378
Artículo 42 de la ley 19.378
Ley 18.378
Artículo 42 de la ley 18.378
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