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La Contraloría General de la República se pronunció sobre la resolución N° 2, de 2012,…

Dictamen · Contraloría General de la República · 2012

Resumen

La Contraloría General de la República se pronunció sobre la resolución N° 2, de 2012, del Servicio de Salud Metropolitano Sur, que aprobaba el contrato para la ejecución de la obra "Normalización y Remodelación de Servicio de Urgencias Hospital El Pino". El órgano de control representó la resolución por diversas irregularidades: la boleta de garantía de seriedad de la oferta del adjudicatario tuvo una vigencia inferior a la exigida en las bases, lo que, según éstas, implicaba declarar inadmisible la oferta; las aclaraciones a consultas de la licitación, que modificaban antecedentes, no fueron sancionadas mediante acto afecto a toma de razón; el servicio no cumplió un alcance previamente formulado por la Contraloría; y el contrato contenía errores en su fecha de toma de razón, en la referencia normativa del artículo 77 (que debía remitir al decreto N° 250, de 2004, del Ministerio de Hacienda), y en el monto de la multa por atraso, que debía ser el 0,1% del valor total del contrato según las bases. Además, las páginas en blanco no fueron inutilizadas con firma y timbre del ministro de fe, conforme a la jurisprudencia del órgano.

Normas citadas

  • Resolución N° 198
  • Resolución N° 2, de 2012
  • Resolución N° 198, de 2011
  • Oficio N° 69.807, de 2011
ContraloríaCGRdictamen

Preguntas frecuentes

¿Procede declarar inadmisible una oferta en una licitación pública si la boleta de garantía de seriedad tiene una vigencia menor a la exigida en las bases?

En este caso, la Contraloría General sostuvo que, según las bases, una boleta de garantía de seriedad con vigencia inferior a la exigida implicaba declarar inadmisible la oferta, por lo que la adjudicación resultó irregular al aprobarse el contrato con ese oferente.

¿Las aclaraciones de las bases que modifican antecedentes de una licitación deben sancionarse mediante acto administrativo afecto a toma de razón?

En este caso, la Contraloría observó que las aclaraciones a las consultas de la licitación, que modificaban antecedentes, no fueron sancionadas mediante un acto afecto a toma de razón, lo que constituyó una irregularidad del proceso.

¿Qué ocurre con un contrato administrativo que contiene errores en la fecha de toma de razón, en la referencia normativa o en el monto de la multa por atraso?

En este caso, la Contraloría representó la resolución que aprobó el contrato porque contenía errores en la fecha de toma de razón, en la referencia al decreto N° 250, de 2004, y en el monto de la multa, que según las bases debía ser el 0,1% del valor total.

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