AdministrativoAcoge

Se acoge el amparo deducido contra la Policía de Investigaciones de Chile, ordenándose…

Resumen del criterio jurisprudencial

Se acoge el amparo deducido contra la Policía de Investigaciones de Chile, ordenándose la entrega del expediente administrativo del reclamante en el que conste toda la información y actos vinculados a su situación migratoria con el detalle señalado en su requerimiento. Lo anterior, toda vez que se trata de información del propio solicitante respecto de la cual el órgano no acreditó su entrega ni alegó la concurrencia de causales de secreto o circunstancias de hecho que ponderar en esta sede. Con todo, en el evento de que esta información o parte de ella no obre en poder del órgano, se deberá comunicar dicha circunstancia a la reclamante y a este Consejo, indicando detalladamente las razones que lo justifiquen, en conformidad a lo previsto en el numeral 2.3. de la Instrucción General N° 10 de esta Corporación. Se hace presente al organismo que la información deberá ser proporcionada de manera presencial en cumplimiento a lo dispuesto en el numeral 4.3 de la Instrucción General N° 10 de este Consejo. Sin perjuicio de lo cual, atendidas las dificultades que dicha situación pueda generar, se recomienda que realice aquella por un medio alternativo al presencial. A modo meramente ejemplar, por medio de correo electrónico o la que estime pertinente, previa acreditación de la identidad de la titular o envío de mandato por mecanismos telemáticos. Finalmente, se representa a la Policía de Investigaciones de Chile el hecho de no haber otorgado respuesta dentro del plazo establecido para ello.

amparoDecisión de Fondo

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Resumen referencial elaborado a partir de jurisprudencia pública chilena. Tiene carácter informativo, puede contener imprecisiones y no constituye asesoría legal.