Resumen
G.H.B. interpuso un recurso de protección contra la Caja de Compensación Los Héroes por la reactivación unilateral de descuentos en su remuneración bajo el concepto de crédito social, a más de doce años de su otorgamiento. El recurrente alegó que la acción de cobro estaba prescrita y que el descuento constituía un acto de autotutela que vulneraba su derecho de propiedad. La Caja sostuvo que, conforme al artículo 22 de la Ley N° 18.833 y bajo la instrucción de la Superintendencia de Seguridad Social, tenía la facultad de reactivar el plan de pagos y que la deuda no estaba prescrita porque no había sido declarada judicialmente. El tribunal analizó la normativa aplicable y concluyó que la entidad actuó dentro de sus prerrogativas legales y que no existía ilegalidad ni arbitrariedad. En consecuencia, se rechazó el recurso de protección sin costas. La resolución quedó firmada por la Segunda Sala de la Corte de Apelaciones de Valdivia, integrada por el Ministro J.I.C. R., la Fiscal J.C.C.B. S. y la Abogada I.M.I.R.‑Esquide E.