Resumen
El tribunal tributario y aduanero de valparaíso en procedimiento por vulneración de derechos, rechazó el reclamo interpuesto por el afectado debido a que en relación con los antecedentes acompañados al proceso, aparece que conforme el procedimiento planteado, la materia objeto del presente reclamo está siendo conocida por tribunal competente, siendo este tribunal tributario y aduanero incompetente para conocer de la acción interpuesta en tanto las mercancías materia de las suspensiones de despacho de autos, son el objeto de los delitos de infracción a la propiedad intelectual y/o industrial, cuyos procesos se encuentran bajo la competencia del juzgado de garantía de valparaíso, tribunal que, de acuerdo a lo dispuesto en los artículos 59 del código procesal penal y 171 inciso 1° del código orgánico de tribunales, es el competente para conocer de la restitución de la cosa materia del ilícito, cuando la acción civil respectiva tiene por único objeto la restitución de la respectiva mercancía, como ocurre en la especie. la i. corte de apelaciones de valparaíso por sentencia de fecha 27.01.2017 confirma el fallo de primera instancia.