Resumen
La Contraloría General de la República examinó una nueva presentación de un ex empleado de la Compañía de Aceros del Pacífico, exonerado político, que pedía revisar su pensión no contributiva, por gracia, y calcularla conforme a los artículos 27 bis y 28 del decreto N° 39, de 1999, reglamentario de la ley N° 19.234. El organismo recordó un pronunciamiento previo que había concluido que el beneficio estaba correctamente determinado. Constató que el interesado acreditaba 24 años, 1 mes y 13 días de servicios computables, incluyendo imposiciones en el ex Servicio de Seguro Social y en la ex Caja de Previsión de Empleados Particulares, más el 75% del tiempo transcurrido hasta marzo de 1990, por lo que su pensión correspondía al monto mínimo fijado. Concluyó que no procedía el cálculo solicitado, porque esa normativa solo se aplica cuando no existen documentos vigentes a la fecha de la exoneración que acrediten una remuneración imponible, situación que no se daba en el caso. En consecuencia, dictaminó que la pensión se ajusta a la normativa que la regula.