Resumen del criterio jurisprudencial
Antofagasta Terminal Internacional S.A. (ATI) interpuso una reclamación en contra de la Resolución Exenta N° 645 de 6 de agosto de 2015 de la Superintendencia del Medio Ambiente (SMA), que sancionó a ATI en el marco del procedimiento administrativo sancionatorio. ATI desarrolla actividades portuarias desde 2004 con dos Resoluciones de Calificación Ambiental (RCA N° y RCA N° ), que exigen condiciones de hermeticidad y presión negativa. En diciembre de 2014, la SMA inició un procedimiento por incumplimiento de condiciones ambientales, detectando aberturas en correas, falta de sellado hermético, lavado de vehículos no autorizado y otras infracciones. La SMA impuso una multa y medidas correctivas, las que ATI impugnó argumentando falta de proporcionalidad y errores en las mediciones. El Segundo Tribunal Ambiental rechazó la reclamación, considerando que las infracciones estaban acreditadas y que las mediciones con equipo XRF no eran confiables. No se condenó en costas. La sentencia fue confirmada por la Corte Suprema en casación.