Resumen
La Contraloría General de la República se pronuncia sobre el financiamiento de los gastos derivados de licencias médicas del personal que se desempeña en establecimientos educacionales administrados por municipios, mediante transferencia de fondos de la JUNJI. Se confirma la jurisprudencia administrativa previa, contenida en los dictámenes N°s. 59.203, de 2016 y 18.455, de 2017, que establecía que dichos gastos debían solventarse con los recursos traspasados por la JUNJI, conforme a la normativa vigente en ese entonces. Sin embargo, se desestiman las solicitudes de reconsideración, pues la Ley de Presupuestos del Sector Público para el año 2018 (N° 21.053) introdujo una glosa que prohíbe expresamente, para esa anualidad, el pago de los gastos asociados al artículo 110 de la Ley N° 18.883 con cargo a esos convenios. En consecuencia, durante el ejercicio presupuestario 2018, corresponde que los municipios financien con sus propios recursos las remuneraciones de los trabajadores en reposo médico, sin que deban restituir a la JUNJI las sumas recuperadas de los organismos de salud.