AdministrativoRechaza

La Corte Suprema revoca la sentencia de la Corte de Apelaciones de Punta Arenas y recha…

Sentencia · Corte Suprema · 2025

Resumen

La Corte Suprema revoca la sentencia de la Corte de Apelaciones de Punta Arenas y rechaza el recurso de protección deducido por un funcionario municipal de auxiliares (grado 13°) en contra de la Municipalidad de Punta Arenas. El funcionario fue destituido mediante decretos alcaldicios números 1860 y 2094 por haber viajado al extranjero (Río Gallegos, Argentina) entre el 21 y 27 de diciembre de 2023 mientras gozaba de licencia médica. El recurrente argumentó que no existió intención de defraudar y que el viaje fue para realizar un tratamiento de medicina alternativa, además de alegar vulneración de derechos constitucionales. La Municipalidad sostuvo que el uso de licencia médica remunerada con recursos públicos para fines ajenos al restablecimiento de la salud constituye una grave vulneración del principio de probidad administrativa. La Corte Suprema confirma que la destitución fue procedente.

Normas citadas

  • Artículo 19, numerales 2, 3, 4 y 24 de la Constitución Política de la República
  • Artículo 52 de la Ley 18.575
  • Artículo 58 letra g) de la Ley 18.883
  • Artículo 123 de la Ley 18.883
  • Auto Acordado de la Corte Suprema
probidad administrativalicencia médicadestitución de funcionariorecurso de protecciónincumplimiento de deberes funcionariosviaje al extranjerorecursos públicosconfianza pública

Lee el documento completo

Con tu cuenta ves el rol de la causa, la fecha, las partes y el texto íntegro, y puedes analizarlo con inteligencia artificial. Crear la cuenta es gratis: 5 consultas y 5 créditos de regalo, sin tarjeta de crédito.

Constitucional AI es inteligencia artificial legal para abogados en Chile: busca en sentencias, dictámenes y oficios y responde citando sus fuentes. Conoce cómo funciona

Resumen referencial elaborado a partir de documentos públicos chilenos. Los nombres de las personas se reducen a iniciales. Tiene carácter informativo, puede contener imprecisiones y no constituye asesoría legal.