Resumen del criterio jurisprudencial
Dictamen de la Superintendencia de Pensiones que se pronuncia sobre el derecho de un pensionado ex PASIS a retirar en un solo giro los fondos acumulados en su cuenta individual de cesantía. Concluye que, al transformarse automáticamente en beneficiario de pensin básica solidaria por la Ley N° 20.255, debe considerarse pensionado y la Administradora de Fondos de Cesantía debe pagar los fondos conforme al artículo 19 de la Ley N° 19.728, sin exigir dictamen de comisiones médicas, dado que el derec