Resumen del criterio jurisprudencial
Se interpone recurso de protección en favor de una ciudadana venezolana contra el Servicio Nacional de Migraciones y la Subsecretaría del Interior por omisión ilegal y arbitraria en el pronunciamiento sobre beneficio migratorio de regularización migratoria extraordinaria. La recurrente alega demora excesiva en resolver su solicitud, vulnerando sus garantías constitucionales (art. 19 N°2 y 16 CPR) y el principio de celeridad de la Ley 19.880. El Servicio Nacional de Migraciones opone falta de legitimación pasiva y señala que la recurrente ingresó clandestinamente al país (infracción a Ley 21.325) y que los antecedentes no han sido enviados a la Subsecretaría. La Subsecretaría del Interior indica que la solicitud se encuentra en tramitación y se adhiere al informe del Servicio. La Corte considera que no existe acto u omisión arbitrario o ilegal que vulnere garantías, pues la demora se explica por la sobrecarga de solicitudes de extranjeros. En consecuencia, la Corte rechaza el recurso de protección, sin costas, por no advertir arbitrariedad ni ilegalidad en los órganos recurridos.