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El Consejo para la Transparencia acogió un amparo presentado contra la Municipalidad de…

Resolución · Consejo para la Transparencia · 2023

Resumen

El Consejo para la Transparencia acogió un amparo presentado contra la Municipalidad de Ovalle, ordenando la entrega de copias de los decretos que autorizaron patentes comerciales a talleres automotrices, vulcanizaciones y desarmadurías de la comuna, incluyendo el RUT de los contribuyentes, tanto personas naturales como jurídicas, previa tarjado de la dirección particular consignada en los documentos. Se aplicó el criterio de decisiones previas, señalando que el RUT, al ser parte del acto administrativo que otorga la patente y utilizarse para fines tributarios, queda sujeto al régimen de publicidad de dicho acto, pues la patente municipal es información pública conforme al artículo 5° de la Ley de Transparencia. El órgano requerido debe acreditar la entrega efectiva bajo apercibimiento de las sanciones del artículo 46 de dicha ley.

Normas citadas

  • Ley N° 20.285
  • Ley N° 19.880
  • Ley N° 19.628
  • Ley N° 18.575
  • Ley N° 18.695
  • D.F.L. N° 1
  • Artículo 59 de la ley N° 19.880
amparoDecisión de Fondo

Preguntas frecuentes

¿Procede entregar el RUT de personas naturales y jurídicas que tienen patentes comerciales municipales, si se pide por Ley de Transparencia?

En este caso, el Consejo para la Transparencia sostuvo que el RUT forma parte del decreto que otorga la patente y se usa para fines tributarios, por lo que queda sujeto a la publicidad de ese acto. Ordenó entregarlo, previo tarjado de la dirección particular.

¿Es pública la información de los decretos que autorizan patentes comerciales municipales?

En este caso, el Consejo acogió un amparo y consideró que la patente municipal es información pública conforme al artículo 5° de la Ley de Transparencia. Ordenó entregar copias de los decretos que autorizaron patentes a talleres, vulcanizaciones y desarmadurías.

¿Qué debe hacer un órgano municipal si el Consejo para la Transparencia acoge un amparo de acceso a información?

En este caso, el Consejo ordenó a la Municipalidad de Ovalle entregar la información y acreditar su entrega efectiva. Advirtió que, de no hacerlo, se aplicarán las sanciones del artículo 46 de la Ley de Transparencia.

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