Resumen
La Contraloría General de la República se pronunció sobre la procedencia del pago de la bonificación de excelencia académica establecida en el artículo 15 de la ley N° 19.410. El dictamen analiza la evolución del sistema de evaluación docente, señalando que la ley N° 19.933 reemplazó el antiguo concepto de calificación 'deficiente' por los niveles de desempeño 'destacado', 'competente', 'básico' e 'insatisfactorio'. Concluye que, en el contexto actual, el término 'deficiente' equivale a los docentes 'mal evaluados', es decir, aquellos con desempeño insatisfactorio o básico. Por lo tanto, resuelve que solo tienen derecho a percibir dicha bonificación los docentes evaluados en los niveles destacado o competente, reconsiderando en ese sentido el dictamen N° 48.437 de 2006.