Resumen
El tribunal especial de alzada de puerto montt, confirmó con declaración, la sentencia dictada por el tribunal tributario y aduanero de la región de los lagos a través de la cual se dio lugar al reclamo presentado por el contribuyente en contra del reavalúo de los bienes raíces roles n° 243-323, 243-324, 243-325, 243-326, 243-327, 243-328, 243-329, 243-330 y 242-009, todos de la comuna de frutillar, por cuanto la prueba aportada resultó suficiente para acoger el reclamo por la causal del articulo 149 n°3 del código tributario, dejándose sin efecto la tasación válida para el primer semestre del año 2013, debiendo el servicio de impuestos internos realizar un nuevo proceso de reavalúo para calcular la tasación fiscal de cada inmueble.