Resumen del criterio jurisprudencial
Para el cálculo de la superficie predial mínima exigida a los proyectos acogidos a conjunto armónico, no corresponde descontar el área afecta a declaratoria de utilidad pública. La circular N° 474, de 2007 (DDU Específica N° 35), de la División de Desarrollo Urbano del Ministerio de Vivienda y Urbanismo, excede las facultades de interpretación de esa repartición.