Seguridad social

Dictamen de la Superintendencia de Pensiones que se pronuncia sobre la posibilidad de q…

Resumen del criterio jurisprudencial

Dictamen de la Superintendencia de Pensiones que se pronuncia sobre la posibilidad de que personas relacionadas a una Administradora de Fondos de Pensiones adquieran opciones de suscripción de acciones. Concluye que la prohibición del artículo 152 del D.L. Nº 3.500 alcanza a dichas personas respecto de opciones preferentes, siempre que se trate de activos de baja liquidez, conforme a los criterios de presencia bursátil del activo subyacente.

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Resumen referencial elaborado a partir de jurisprudencia pública chilena. Tiene carácter informativo, puede contener imprecisiones y no constituye asesoría legal.