Resumen del criterio jurisprudencial
El tribunal tributario y aduanero de valparaíso, en procedimiento general de reclamación, resolvió no dar lugar a la nulidad alegada en contra de la liquidación n°21 de fecha 17/, y de la citación n°07 de fecha 18.04.2023, al no haberse acreditado la existencia del vicio de incompetencia alegado en los términos del artículo 1 n°8 de la ley n°20.322; de igual manera rechazó el reclamo subsidiario interpuesto por la afectada, fundado en que, conforme a los hechos establecidos en autos, la reclamante no aportó ninguna probanza grave, precisa y concordante que conduzca lógicamente a la verificación de la efectividad o verdad de los hechos que fundan sus alegaciones, especialmente, en cuanto no se acompañó de ninguna forma la necesaria y obligatoria contabilidad en forma íntegra y correspondiente documentación de respaldo. con fecha 29.05.2025 la secretaria abogada titular del tribunal tributario y aduanero certificó a fojas 104 que la sentencia de fecha 02.05.2025 se encuentra firme y ejecutoriada.