LaboralAcoge

La demandante prestó servicios para la Municipalidad de San Antonio como guardaparque e…

Resumen del criterio jurisprudencial

La demandante prestó servicios para la Municipalidad de San Antonio como guardaparque entre julio de 2017 y octubre de 2023, bajo subordinación y dependencia, pero fue contratada a honorarios. El Primer Juzgado de Letras de San Antonio declaró la existencia de una relación laboral y condenó al pago de cotizaciones de seguridad social por todo el período. La Corte de Apelaciones de Valparaíso revocó parcialmente esta decisión, rechazando la acción de cobro de cotizaciones. La demandante interpuso recurso de unificación de jurisprudencia ante la Corte Suprema, argumentando que la obligación de pagar cotizaciones surge al declararse la relación laboral. La Corte Suprema acogió parcialmente el recurso, ordenando el pago de cotizaciones previsionales y de salud entre julio de 2017 y diciembre de 2019, y de seguro de cesantía por todo el período laboral. La decisión se fundamentó en que la obligación de enterar cotizaciones es legal y no depende del conocimiento del empleador, pero limitó el período en atención a las particularidades del caso.

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Resumen referencial elaborado a partir de jurisprudencia pública chilena. Tiene carácter informativo, puede contener imprecisiones y no constituye asesoría legal.