Resumen del criterio jurisprudencial
Corporación Nacional Forestal no se encuentra legalmente facultada para dejar sin efecto, en forma unilateral, lo acordado por la autoridad ejecutiva anterior con los funcionarios a que se refiere el presente informe, encontrándose obligada, por ende, a dar cumplimiento a los respectivos acuerdos, a menos que un tribunal competente declare la nulidad de los mismos por sentencia ejecutoriada.