Resumen
El Consejo para la Transparencia rechazó el amparo presentado contra la Corporación Municipal de Salud y Educación de La Florida, debido a que la información solicitada sobre transferencias a un fondo inexistente no obra en poder del órgano reclamado. El solicitante requirió antecedentes sobre transferencias realizadas a un fondo que, según la corporación, nunca existió, por lo que no se generó documentación ni dineros asociados a dicha operación. El Consejo determinó que, conforme al artículo 10 de la Ley de Transparencia, solo puede ordenar la entrega de información contenida en actos, resoluciones, actas, expedientes, contratos y acuerdos, o en un formato o soporte determinado, y no resulta procedente requerir antecedentes inexistentes. Al no existir elementos que controviertan lo expresado por la reclamada, se rechazó el amparo por unanimidad.