Resumen
La Contraloría General de la República se pronunció sobre una consulta relativa a la prescripción de la acción en un sumario sanitario. El organismo señaló que, una vez dictado el acto administrativo sancionatorio, la discusión sobre la prescripción de la deuda o de la acción ejecutiva debe resolverse en sede judicial, ante el tribunal competente, en el marco del juicio ejecutivo correspondiente. Ello, porque las resoluciones que imponen multas tienen mérito ejecutivo desde la vigencia de la ley N° 20.724, y su cobro corresponde al Consejo de Defensa del Estado. En consecuencia, la Contraloría no puede intervenir en asuntos de carácter litigioso, conforme al artículo 6°, inciso tercero, de la ley N° 10.336.