Resumen
La Contraloría General de la República acogió parcialmente una solicitud de reconsideración de un dictamen de 2011 sobre la defensa judicial costeada por el municipio de Concón al alcalde y a un servidor a honorarios, en una causa penal por delito informático. El órgano concluyó que, en la defensa de un interés particular, el municipio no está obligado a solventar los costos, salvo en los casos excepcionales previstos en el artículo 88 de la ley N° 18.883, los que no concurrían aquí. Sin embargo, como al momento de la contratación la jurisprudencia vigente (dictamen de 2003) admitía tal actuación, y los nuevos criterios se aplican solo hacia el futuro, no procedió observar el hecho. Respecto del asesor jurídico que compareció ante la fiscalía como abogado de un encargado de informática, se mantuvo el cuestionamiento, por tratarse de un prestador a honorarios y no de un funcionario municipal. Se reconsideró en lo pertinente y se complementó el dictamen.