Resumen del criterio jurisprudencial
La calificación de trabajos pesados basada en lo dispuesto en D.S. Nº 681, de 1963, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social, se aplica también a puestos de trabajo posteriores a la ley 19.404, de 21 de agosto de 1995, a trabajadores afiliados a las Administradoras de Fondos de Pensiones, para efectos de la correspondiente sobrecotización, de haber sido mantenidos como pesados por la Comisión Ergonómica Nacional en listado confeccionado al efecto, notificado a través del Diario Oficial y en un periódico de circulación nacional.