Laboral

Minera Candelaria se ha encontrado desde siempre en la obligación de compensar a sus de…

Resumen del criterio jurisprudencial

Minera Candelaria se ha encontrado desde siempre en la obligación de compensar a sus dependientes los días domingos y festivos trabajados, sin límites ni restricciones, puesto que no es aplicable a su sistema de jornada de trabajo, descansos y turnos el dictamen N°882/78, de 07.03.2000.

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Resumen referencial elaborado a partir de jurisprudencia pública chilena. Tiene carácter informativo, puede contener imprecisiones y no constituye asesoría legal.