Resumen del criterio jurisprudencial
La sentencia del tribunal tributario y aduanero de la región de la araucanía desechó el reclamo por vulneración de derechos formulado por la empresa tractofor limitada, en atención a que se estimó que la actuación reclamada consistente en la resolución n° 1, del año 2020, que resolvió el recurso de resguardo presentado por la contribuyente, se ajustó al marco legal que regula la actuación del ente fiscalizador por lo cual no se determinó que haya existido una actuación legal o arbitraria que haya conculcado los derechos establecidos en el artículo 8 bis del código tributario.