A los profesionales de la educación regidos por el Estatuto Docente, les es aplicable l…
Dictamen · Dirección del Trabajo · 2010
Resumen
A los profesionales de la educación regidos por el Estatuto Docente, les es aplicable la norma del artículo 62 bis del Código del Trabajo, que establece el principio de igualdad de remuneraciones entre hombres y mujeres que ocupen un mismo trabajo, pudiendo, por ende, en caso de vulneración del mismo, recurrir a las instancias de reclamación previstos en las normas legales respectivas.
Normas citadas
Código del Trabajo
Artículo 62 bis del Código del Trabajo
Ley N° 19.070
Artículo 154 del Código del Trabajo
Ley N° 3.166
Ley N° 20.348
Decreto ley N° 3.166
Artículo 1º de la Ley N° 20.348
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