Resumen
La Contraloría General de la República se pronunció sobre si una sociedad puede deducir de su capital propio, para efectos del cálculo de la patente municipal, el monto invertido en otra sociedad creada a partir de su división. Recordó que el sistema de rebaja por inversiones busca beneficiar al contribuyente sin que tribute dos veces por un mismo capital, y que la rectificación de la declaración puede hacerse dentro de tres años. Asimismo, concluyó que la normativa no exige un período tributario previo para acogerse al beneficio. En consecuencia, resolvió que es procedente deducir la parte del capital invertida en la nueva sociedad, siempre que se acredite mediante el certificado correspondiente emitido por la Municipalidad de Lo Barnechea.