Resumen
La Contraloría General de la República desestimó la solicitud de un viudo que reclamaba la revisión del monto del seguro de vida pagado tras el fallecimiento de su cónyuge, pensionada de la ex Caja Nacional de Empleados Públicos y Periodistas. El dictamen confirmó que el cálculo del beneficio se ajustó a la normativa aplicable, específicamente al artículo 29 del decreto con fuerza de ley N° 1.340 bis de 1930, que establece una asignación equivalente a un año y medio del sueldo del imponente. Además, conforme al artículo 31 del mismo texto, el cónyuge sobreviviente varón solo tiene derecho al 50% del seguro si es mayor de 55 años o acredita imposibilidad absoluta para trabajar, condición que cumplía el recurrente. El monto total del seguro ascendió a $18.551.142, correspondiéndole al viudo la mitad, esto es, $9.275.571, suma que ya le fue pagada correctamente.