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El Consejo para la Transparencia rechazó el amparo presentado contra la Municipalidad d…

Resolución · Consejo para la Transparencia · 2023

Resumen

El Consejo para la Transparencia rechazó el amparo presentado contra la Municipalidad de Talca por la entrega de información sobre señaléticas, nombramientos de inspectores, contratos y partes de tránsito. Respecto de parte de la información, se consideró que la municipalidad ya había proporcionado los antecedentes disponibles, no siendo procedente exigir la entrega de datos inexistentes. En cuanto a otra información, se estimó que la documentación remitida satisfacía la solicitud. Sobre la nómina de inspectores municipales, se ordenó remitir copia del oficio respectivo. Finalmente, respecto de las infracciones de tránsito, se derivó la solicitud al Juzgado de Policía Local de Talca, por ser el órgano competente para pronunciarse sobre su entrega, en virtud del principio de facilitación.

Normas citadas

  • Ley N° 20.285
  • Oficio Ord. N° 164
  • Ley N° 19.880
  • Ley N° 18.575
  • Ley 15.231
  • D.S. N° 13
  • Oficio Ord. N° 338
  • Oficio Ord. N° 429
amparoDecisión de Fondo

Preguntas frecuentes

¿Procede exigir a un organismo público la entrega de información que no existe en sus registros según la Ley de Transparencia?

En este caso, el Consejo para la Transparencia sostuvo que no es procedente exigir la entrega de datos inexistentes, por cuanto la Municipalidad de Talca ya había proporcionado los antecedentes disponibles. Por eso rechazó el amparo en esa parte.

¿Qué ocurre si una municipalidad entrega la información solicitada por transparencia pasada la fecha de cierre del amparo?

En este caso, el Consejo estimó que la documentación remitida por la Municipalidad de Talca satisfacía la solicitud, por lo que no ordenó nuevas entregas respecto de esos antecedentes. Así, el amparo fue rechazado en lo relativo a esa información.

¿Cuándo debe una solicitud de acceso a información de tránsito dirigida a un municipio ser derivada a un juzgado de policía local?

En este caso, el Consejo derivó la solicitud sobre infracciones de tránsito al Juzgado de Policía Local de Talca, por ser el órgano competente para pronunciarse sobre su entrega, aplicando el principio de facilitación. También ordenó remitir copia de un oficio sobre la nómina de inspectores municipales.

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