Resumen
La Contraloría General de la República se pronunció sobre la procedencia de ascender en la planta de Suboficiales y Gendarmes de Gendarmería de Chile a funcionarias que no cumplían con el requisito de estar clasificadas en las listas N°s 1 o 2, debido a que no fueron calificadas por haber estado ausentes por más de seis meses, en este caso, por licencias maternales. El organismo concluyó que no resulta procedente promover a quienes no satisfacen dicha exigencia legal, contenida en el artículo 29 del decreto con fuerza de ley N° 1.791, de 1979, del Ministerio de Justicia. Se descartó aplicar el criterio del dictamen N° 73.890, de 2014, que permitió obviar la falta de notas de cursos de formación por fuerza mayor, ya que la ausencia de evaluación por licencias maternales no constituye un hecho imprevisible e irresistible, según el artículo 45 del Código Civil, sino el cumplimiento de la normativa que impide calificar a quienes no han trabajado efectivamente por más de seis meses.