Laboral

No resulta jurídicamente procedente exigir que se otorgue los permisos sindicales en la…

Dictamen · Dirección del Trabajo · 1996

Resumen

No resulta jurídicamente procedente exigir que se otorgue los permisos sindicales en la forma en que se han concedido con anterioridad si se ha estipulado en el contrato colectivo celebrado entre las partes que dicho beneficio se otorgará de acuerdo a lo establecido en el Código del Trabajo.

Normas citadas

  • Código del Trabajo
  • Resolución N° 1378
  • Oficio N° 1385
  • Oficio N° 95
  • Artículo 344 del Código del Trabajo

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