Resumen
La Contraloría General de la República se pronunció sobre la resolución N° 69-A, de 2010, del Servicio Aerofotogramétrico de la Fuerza Aérea de Chile, que aprobaba el contrato para la adquisición de un sistema LIDAR aerotransportado. El organismo observó la omisión de una cláusula de seguros que, según la oferta económica, correspondía al proveedor; la mala referencia a una "cláusula anterior" dentro de la cláusula décimo séptima; y una definición de fuerza mayor que no se ajusta al artículo 45 del Código Civil. También cuestionó la acreditación de la personería del representante de la empresa contratante, que debía respaldarse en el acta de directorio y su escritura pública inscrita en el Registro de Comercio, y pidió aclarar expresiones de las licencias de software relativas al uso para prestar servicios. Además, observó la falta de una nota al pie sobre un asterisco que incide en las obligaciones del proveedor, y la ausencia del acto formal que designara a los integrantes de la comisión evaluadora. En mérito de lo expuesto, el organismo representó el acto administrativo.