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El Consejo para la Transparencia acogió un reclamo por infracción a las normas de trans…

Resolución · Consejo para la Transparencia · 2019

Resumen

El Consejo para la Transparencia acogió un reclamo por infracción a las normas de transparencia activa presentado contra la Municipalidad de Quinchao. Se constató que, al 22 de marzo de 2019, el órgano no mantenía a disposición permanente del público, de forma completa y actualizada, la información sobre los mecanismos de participación ciudadana, en especial la relativa al Consejo Comunal de Organizaciones de la Sociedad Civil (COSOC). La decisión ordena a la municipalidad cumplir con el requerimiento de publicación conforme a la Ley de Transparencia, su Reglamento y la Instrucción General N° 11, en un plazo de 10 días hábiles desde que quede ejecutoriada, bajo apercibimiento del artículo 47 de la ley. Se deja constancia de que la resolución no considera los avances posteriores al informe de fiscalización.

Normas citadas

  • Ley de Transparencia
  • Reglamento de la Ley de Transparencia
reclamoDecisión de Fondo

Preguntas frecuentes

¿Qué pasa si una municipalidad no publica en su portal la información sobre participación ciudadana y el COSOC según la Ley de Transparencia?

En este caso, el Consejo para la Transparencia acogió un reclamo por infracción a la transparencia activa contra la Municipalidad de Quinchao. Constató que no mantenía a disposición del público, de forma completa y actualizada, la información sobre participación ciudadana y el COSOC, y le ordenó publicarla en 10 días hábiles bajo apercibimiento del artículo 47 de la ley.

¿Es obligatorio que los municipios publiquen en forma permanente la información sobre el COSOC?

En este caso, el Consejo sostuvo que la información sobre mecanismos de participación ciudadana, en especial la del COSOC, debe mantenerse a disposición permanente del público conforme a la Ley de Transparencia, su Reglamento y la Instrucción General N° 11. Así lo resolvió al acoger el reclamo contra la Municipalidad de Quinchao.

¿Qué se considera para decidir si un órgano cumple con la transparencia activa en un reclamo ante el Consejo para la Transparencia?

En este caso, el Consejo evaluó el estado de la información a una fecha determinada, sobre la base del informe de fiscalización, y no consideró los avances posteriores a ese informe. Con ello, acogió el reclamo contra la Municipalidad de Quinchao por no mantener la información actualizada.

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