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La Contraloría General de la República acogió una solicitud de reconsideración del ofic…

Dictamen · Contraloría General de la República · 2013

Resumen

La Contraloría General de la República acogió una solicitud de reconsideración del oficio N° 5.433, de 2012, de la Contraloría Regional de La Araucanía, relativa a si un funcionario pensionado de la Caja de Previsión de la Defensa Nacional, que se desempeñaba como servidor activo de una municipalidad, tenía derecho al bono de escolaridad del artículo 13 de la ley N° 20.559. El dictamen resuelve que el bono es entregado a los funcionarios públicos en actividad sin considerar en qué institución deben tener reconocidas sus cargas familiares. Como el interesado era funcionario activo del sector público con una hija estudiante reconocida como carga, se concluye que tiene derecho al pago, siempre que cumpla los demás requisitos legales, correspondiendo a la municipalidad regularizar su situación. En consecuencia, se reconsidera el oficio impugnado en los términos señalados.

Normas citadas

  • ley 20559 art/13 inc/1
  • dfl 150/81 traps
  • ley 20559 art/1
  • ley 18883
ContraloríaCGRdictamen

Preguntas frecuentes

¿Tiene derecho al bono de escolaridad de la ley 20.559 un funcionario público en actividad que también es pensionado de otra caja previsional?

En este caso, la Contraloría General de la República resolvió que el bono de escolaridad se entrega a los funcionarios públicos en actividad, sin considerar en qué institución deben tener reconocidas sus cargas familiares. Por ello, un servidor activo de una municipalidad que además era pensionado tiene derecho al pago, siempre que cumpla los demás requisitos legales.

¿Es necesario que las cargas familiares estén reconocidas en la misma institución donde el funcionario presta servicios para cobrar el bono de escolaridad?

En este caso, la Contraloría sostuvo que no es necesario, porque el bono se otorga a los funcionarios activos del sector público sin exigir que las cargas familiares estén reconocidas en la institución empleadora. Se reconsideró el oficio impugnado y se ordenó a la municipalidad regularizar la situación del interesado.

¿Qué debe hacer una municipalidad si un funcionario activo cumple los requisitos para el bono de escolaridad y no se le ha pagado?

En este caso, la Contraloría concluyó que corresponde a la municipalidad regularizar la situación del funcionario, pagando el bono al servidor activo que tiene una hija estudiante reconocida como carga y cumple los demás requisitos legales.

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