Resumen del criterio jurisprudencial
Oficio de la Superintendencia de Insolvencia y Reemprendimiento que responde consulta sobre incautación de remuneraciones en un procedimiento concursal de liquidación voluntaria. Interpreta que, según la Ley N° 20.720, la incautación de remuneraciones solo procede respecto de personas deudoras naturales, no de empresas deudoras, por lo que no corresponde en el caso consultado.