Resumen del criterio jurisprudencial
El Tribunal Calificador de Elecciones rechazó la reclamación interpuesta por Matías Eduardo Arcuch Barros, administrador electoral del candidato a alcalde Matías Freire Vallejos, contra la resolución N°G2765 del Director del Servicio Electoral que aprobó con observaciones la cuenta de ingresos y gastos electorales. El reclamante intentó subsanar extemporáneamente la omisión de una factura tributaria mediante la reclamación misma. El Tribunal consideró que la omisión de responder en tiempo y forma no es subsanable extemporáneamente, y que la documentación presentada en la reclamación no puede ser considerada. Se mantuvieron las observaciones del Servicio Electoral respecto a la falta de la factura N°2129 y la no utilización del sistema de recepción de aportes. En consecuencia, se confirmó la resolución recurrida y se rechazó la reclamación.