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La Contraloría General de la República se pronunció sobre la presentación de una person…

Dictamen · Contraloría General de la República · 2011

Resumen

La Contraloría General de la República se pronunció sobre la presentación de una persona que prestaba servicios a un órgano de la Administración del Estado bajo la modalidad de honorarios y que reclamaba la terminación anticipada de su contrato, la entrega de copias de sus contrataciones y el pago de cotizaciones previsionales. El organismo concluyó que quienes trabajan a honorarios no son funcionarios y se rigen principalmente por su contrato, por lo que la terminación anticipada procede cuando el convenio la contempla, como ocurría en el caso, cuya cláusula cuarta reservaba al Servicio esa atribución. Respecto de las copias, recordó el derecho de acceso a la información reconocido por la ley N° 20.285, con la posibilidad de recurrir al Consejo para la Transparencia ante la falta de entrega o denegación. En cuanto a las cotizaciones, precisó que los trabajadores a honorarios no tienen derecho a imposiciones sobre sus emolumentos. Por estas razones, desestimó la presentación, al estimar que la actuación administrativa se ajustó a la normativa y jurisprudencia vigentes.

Normas citadas

  • ley 18834 art/11
  • ley 20285 art/primero art/10 ley 20285 art/primero art/24
ContraloríaCGRdictamen

Preguntas frecuentes

¿Puede un órgano de la Administración del Estado poner término anticipado a un contrato a honorarios?

Según este dictamen, sí, cuando el convenio lo contempla. En este caso, la Contraloría General de la República señaló que la cláusula cuarta del contrato reservaba al Servicio esa atribución, por lo que la terminación anticipada se ajustó a la normativa.

¿Tienen derecho a cotizaciones previsionales las personas contratadas a honorarios en el sector público?

En este dictamen, la Contraloría precisó que los trabajadores a honorarios no tienen derecho a imposiciones sobre sus emolumentos. Por eso, desestimó la presentación que reclamaba el pago de cotizaciones previsionales.

¿Puede una persona pedir copias de sus contratos a honorarios en un organismo público y qué puede hacer si no se los entregan?

La Contraloría recordó que la ley N° 20.285 reconoce el derecho de acceso a la información pública. Si el órgano no entrega la información o la deniega, la persona puede recurrir al Consejo para la Transparencia.

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Resumen referencial elaborado a partir de documentos públicos chilenos. Los nombres de las personas se reducen a iniciales. Tiene carácter informativo, puede contener imprecisiones y no constituye asesoría legal.