Resumen del criterio jurisprudencial
Se rechaza el amparo deducido en contra del Hospital Clínico San Borja Arriarán, toda vez que el de los antecedentes del caso consta que el organismo en su respuesta al requerimiento cumplió su obligación de informar, al entregar datos sobre número total de médicos obstetras contratados y el número de objetores de conciencia, por causal, en el modo en que obra en su poder.