Resumen
El tribunal tributario y aduanero de la región del ñuble y biobío da lugar en parte a la reclamación deducida y deja sin efecto la liquidación reclamada en lo pertinente. este tribunal, al presentarse declaración rectificatoria por el año tributario 2017, conjuntamente con el escrito de reclamo, no pudo desconocer esta circunstancia, por lo cual al engarzar la rectificatoria con los documentos contables acompañados en igual oportunidad, y que el servicio, no cuestionó dicha determinación impositiva, y por ello, se tuvo como válida para los efectos impositivos.