Resumen del criterio jurisprudencial
El candidato a alcalde de Alhué, Patricio Bastías González, interpuso una reclamación contra la resolución N°G19691 del Servicio Electoral que rechazó su cuenta de ingresos y gastos y ordenó la devolución de $2.498.010 al último aportante. El Tribunal Calificador de Elecciones analizó ocho observaciones formuladas por el Servicio Electoral sobre aportes propios en efectivo, gastos no incorporados, valorización de bienes y servicios de terceros, y gastos de propaganda y combustibles. Se mantuvieron las observaciones que no fueron debidamente justificadas, citando los artículos 10, 37 y 50 de la Ley N°19.884, mientras que se consideraron subsanadas aquellas cuya documentación fue presentada. En particular, se subsanaron las observaciones N°2 letra c), N°3 y N°6. El Tribunal concluyó que los gastos rechazados superan el 20 % del total declarado, justificando el rechazo parcial de la cuenta. Por tanto, se acoge parcialmente la reclamación y se ordena al Servicio Electoral recalcular la devolución al último aportante.