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El Consejo para la Transparencia acogió un amparo presentado contra la Dirección de Obr…

Resolución · Consejo para la Transparencia · 2023

Resumen

El Consejo para la Transparencia acogió un amparo presentado contra la Dirección de Obras Hidráulicas del Ministerio de Obras Públicas, por no haber derivado una solicitud de información sobre el sistema de alcantarillado y tratamiento de aguas servidas en la comuna de Curarrehue a los organismos competentes. El Consejo determinó que, en virtud del principio de facilitación, correspondía derivar de oficio la solicitud a la Secretaría Municipal de Curarrehue, la SEREMI de Salud de La Araucanía y la Subdirección de Servicios Sanitarios Rurales, por estar en mejor posición para pronunciarse sobre la materia. La decisión fue adoptada por unanimidad.

Normas citadas

  • Ley N° 20.285
  • Ley N° 19.880
  • Ley N° 18.575
  • Ley 20998
  • Artículo 59 de la ley N° 19.880
amparoDecisión de Fondo

Preguntas frecuentes

¿Debe un organismo público derivar de oficio una solicitud de información si no es el competente para responderla?

Sí, según este fallo del Consejo para la Transparencia, en virtud del principio de facilitación correspondía derivar de oficio la solicitud a los organismos mejor posicionados para pronunciarse sobre la materia. Por eso acogió el amparo contra la Dirección de Obras Hidráulicas del MOP, que no lo había hecho.

¿Qué implica el principio de facilitación en el derecho de acceso a la información pública en Chile?

En este caso, el Consejo para la Transparencia entendió que el principio de facilitación obliga a derivar la solicitud a los órganos competentes cuando el organismo receptor no es el mejor posicionado para responderla. Así lo resolvió al acoger el amparo por no haber derivado la solicitud sobre alcantarillado en Curarrehue.

¿Cómo debe resolverse una solicitud de información sobre sistemas de aguas servidas en una comuna?

En este caso, el Consejo para la Transparencia determinó que la solicitud debía derivarse de oficio a la Secretaría Municipal de Curarrehue, a la SEREMI de Salud de La Araucanía y a la Subdirección de Servicios Sanitarios Rurales. Lo resolvió por unanimidad, por estar esos organismos en mejor posición para pronunciarse.

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