Laboral

1) El valor mínimo de la hora cronológica de los docentes que laboran en establecimient…

Resumen del criterio jurisprudencial

1) El valor mínimo de la hora cronológica de los docentes que laboran en establecimientos educacionales técnicos profesionales regidos por el Decreto Ley Nº3.166, de 1980, por el período comprendido entre el 1º de diciembre de 2008 y noviembre de 2009 es de $9.681 2) No procede imputar al monto de la Remuneración Básica Mínima Nacional otros conceptos remuneratorios, sean estos legales o convencionales. 3) Tanto la jornada primitiva pactada en los contratos de trabajo como las extensiones horarias deben ser remuneradas con los mínimos legales, entre ellos la Remuneración Básica Mínima nacional.

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Resumen referencial elaborado a partir de jurisprudencia pública chilena. Tiene carácter informativo, puede contener imprecisiones y no constituye asesoría legal.