Laboral

El sistema control de asistencia propuesto por la Empresa Parque Arauco S.A., que consi…

Resumen del criterio jurisprudencial

El sistema control de asistencia propuesto por la Empresa Parque Arauco S.A., que consiste en un dispositivo computacional, constituye, en la práctica, un reloj control en los términos previstos en el inciso 1º del artículo 33 del Código del Trabajo, no siendo necesario, para su implantación, la autorización de la Dirección del Trabajo.

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Resumen referencial elaborado a partir de jurisprudencia pública chilena. Tiene carácter informativo, puede contener imprecisiones y no constituye asesoría legal.