Constitucional

Para asegurar el derecho a vivir en un medio ambiente libre de contaminación, el consti…

Resumen del criterio jurisprudencial

Para asegurar el derecho a vivir en un medio ambiente libre de contaminación, el constituyente faculta al legislador para restringir, mermar o minorar el ejercicio de determinados derechos o libertades. De la historia fidedigna del establecimiento de la Ley Nº 19.593 aparece que el objetivo que persigue el legislador es solucionar los graves problemas de congestión y de contaminación, que provoca el uso indiscriminado de los vehículos, los que afectan la salud y la calidad de vida de las personas y el medio ambiente, por lo que ha podido, cumpliendo el mandato que le ha impuesto la Carta Fundamental, restringir el ejercicio de alguna de las facultades que confiere el derecho de dominio; esto es, la posibilidad de destinar un vehículo al transporte de pasajeros en la ciudad de Santiago. La Carta Fundamental, junto con garantizar el libre ejercicio de la propiedad y sus atributos, permite que mediante una ley se la limite, dada su función social, que comprende cuanto exijan los intereses generales de la nación, la seguridad nacional, la utilidad y la salubridad públicas y la conservación del patrimonio ambiental. La igualdad ante la ley consiste en que las normas jurídicas deben ser iguales para todas las personas que se encuentran en las mismas circunstancias, y que no deben concederse privilegios ni imponerse obligaciones a unos que no beneficien o graven a otros que se hallen en condiciones similares. No se trata, por consiguiente, de una igualdad absoluta, sino que ha de aplicarse la ley en cada caso conforme a las diferencias específicas.

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Resumen referencial elaborado a partir de jurisprudencia pública chilena. Tiene carácter informativo, puede contener imprecisiones y no constituye asesoría legal.