Resumen del criterio jurisprudencial
Atendidos los términos de la consulta, no procedería que la Superintendencia de Seguridad Social contratara a honorarios a los profesionales de la salud que indica, dado que dicha situación no se ajusta a ninguna de las hipótesis que el dictamen N° E173171, de 2022, de este origen, contempla como aquellas en las que proceden tales convenios.