La Corte Constitucional de Colombia, a través de la Sala Novena de Revisión, conoció de…
Sentencia · 2024
Resumen
La Corte Constitucional de Colombia, a través de la Sala Novena de Revisión, conoció de una acción de tutela instaurada por Paola en contra de la Dirección de Educación Policial y la Escuela de Policía Rafael Reyes. La demandante alegó vulneración de sus derechos fundamentales a la educación y al debido proceso administrativo al no considerarse su solicitud de desistimiento del retiro voluntario y al no realizarse procedimiento administrativo conforme a sus denuncias de acoso y discriminación. La Corte determinó que las entidades accionadas vulneraron efectivamente estos derechos fundamentales por ausencia de imparcialidad en la evaluación de solicitudes y falta de análisis riguroso sobre posibles situaciones de bullying. La sentencia acoge la tutela y ordena a la Dirección de Educación Policial crear un protocolo con perspectiva de género para prevenir, investigar y sancionar acoso, matoneo y discriminación en instituciones educativas policiales dentro de seis meses.
Normas citadas
Constitución Política de Colombia
Decreto 2591 de 1991
Artículo 36 del Decreto 2591 de 1991
derecho a la educacióndebido proceso administrativoacoso escolarbullyingmatoneodiscriminaciónperspectiva de génerovulnerabilidad
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