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La Contraloría General de la República se pronunció sobre la validez de los comprobante…

Dictamen · Contraloría General de la República · 2015

Resumen

La Contraloría General de la República se pronunció sobre la validez de los comprobantes o recibos de pago generados en transacciones pagadas con tarjetas de crédito o débito, acogidas a la resolución exenta N° 5, de 2015, del Servicio de Impuestos Internos, para efectos de las rendiciones de cuenta presentadas ante el SENADIS. El órgano de control concluyó que no existe inconveniente en aprobar aquellas cuentas que se acrediten con dichos comprobantes, siempre que se acompañen, cuando corresponda, con otros antecedentes auténticos complementarios que permitan verificar fehacientemente que la adquisición se encuentra entre los gastos financiables con los recursos transferidos. Lo anterior, en línea con el dictamen N° 21.558, de 2015, que admite boletas, facturas u otros instrumentos análogos para acreditar la correcta inversión de los caudales públicos.

Normas citadas

  • ley 10336 art/85
  • ley 10336 art/95
  • res 759/2003 Contr num/3
  • res 30/2015 Contr art/2
  • res 30/2015 Contr art/4
  • res 30/2015 Contr art/5
  • res 759/2003 Contr num/5/3
  • res 30/2015 Contr art/27
ContraloríaCGRdictamengenera jurisprudencia

Preguntas frecuentes

¿Sirve un comprobante de pago con tarjeta de crédito o débito para rendir gastos de fondos públicos transferidos a un organismo?

Según este dictamen de la Contraloría, sí: no existe inconveniente en aprobar rendiciones acreditadas con comprobantes de pago de transacciones con tarjeta, emitidos conforme a la resolución exenta N° 5, de 2015, del Servicio de Impuestos Internos, en el caso de rendiciones presentadas ante el SENADIS.

¿Basta solo con el comprobante de la tarjeta para aprobar una rendición de cuentas?

No necesariamente. La Contraloría indicó que el comprobante debe acompañarse, cuando corresponda, de otros antecedentes auténticos que permitan verificar que la adquisición está entre los gastos financiables con los recursos transferidos.

¿Qué criterio general aplica la Contraloría para aceptar documentos que acrediten el uso correcto de caudales públicos?

En línea con el dictamen N° 21.558, de 2015, la Contraloría admite boletas, facturas u otros instrumentos análogos para acreditar la correcta inversión de los caudales públicos, siempre que permitan verificar fehacientemente el gasto.

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